Fiscalidad de la subasta

ITP al comprar en subasta en Ciudad Autónoma de Melilla

El impuesto que pagas al adjudicarte un inmueble en subasta en Ciudad Autónoma de Melilla, sobre qué valor se calcula y cuándo hay un tipo reducido. Norma consultada el 08-10-2026.

¿Hay tipos reducidos?

¿Hay tipos reducidos?
CasoTipoRequisitos
Inmueble situado en Melilla3 %Bonificación del 50% de la cuota (art. 57 bis TRLITPAJD); aplica a toda transmisión de inmuebles situados en Melilla.

La norma

Real Decreto Legislativo 1/1993, TRLITPAJD, arts. 11.1.a y 57 bis (versión consolidada BOE de 21-3-2026). Consultada el 08-10-2026.

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Preguntas frecuentes

¿Sobre qué valor se paga el ITP en una subasta en Ciudad Autónoma de Melilla?
En Ciudad Autónoma de Melilla, comprar un inmueble en subasta paga ITP al 6 %, calculado sobre el mayor entre el precio de remate y el valor de referencia del Catastro (art. 10.2 del texto refundido del ITP). Con una puja de 100.000 euros y sin un valor de referencia mayor, el impuesto sería de 6000 €.
¿Esto es asesoramiento fiscal?
No. Es el tipo general y las reglas de la norma, para orientarte. Tu caso concreto, con reducciones o bonificaciones, lo confirma un asesor fiscal o la Hacienda de tu comunidad.

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