Fiscalidad de la subasta

ITP al comprar en subasta en Castilla-La Mancha

El impuesto que pagas al adjudicarte un inmueble en subasta en Castilla-La Mancha, sobre qué valor se calcula y cuándo hay un tipo reducido. Norma consultada el 08-10-2026.

¿Hay tipos reducidos?

¿Hay tipos reducidos?
CasoTipoRequisitos
Primera vivienda habitual6 %Vivienda de hasta 240.000 euros, más del 50% con hipoteca sobre ella y valor declarado no inferior al de referencia; 5%, 4% o 3% en zonas despobladas.
Familia numerosa o monoparental, o discapacidad igual o superior al 65%5 %Mismos requisitos de valor, hipoteca y valor declarado.
Menor de 36 años3 %Mismos requisitos de valor, hipoteca y valor declarado; desde el 31-3-2026.

¿Algo propio de las subastas?

El 5% para inmobiliarias que revenden en 3 años (art. 19.7) excluye expresamente las adjudicaciones en subasta judicial.

La norma

Ley 8/2013, de 21 de noviembre, de medidas tributarias de Castilla-La Mancha, art. 19 (redacción de la Ley 1/2026; recogido en Hacienda, Tributación Autonómica 2026, cap. IV). Consultada el 08-10-2026.

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Preguntas frecuentes

¿Sobre qué valor se paga el ITP en una subasta en Castilla-La Mancha?
En Castilla-La Mancha, comprar un inmueble en subasta paga ITP al 9 %, calculado sobre el mayor entre el precio de remate y el valor de referencia del Catastro (art. 10.2 del texto refundido del ITP). Con una puja de 100.000 euros y sin un valor de referencia mayor, el impuesto sería de 9000 €.
¿Esto es asesoramiento fiscal?
No. Es el tipo general y las reglas de la norma, para orientarte. Tu caso concreto, con reducciones o bonificaciones, lo confirma un asesor fiscal o la Hacienda de tu comunidad.

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Información orientativa, no asesoramiento fiscal ni financiero.