Cómo pujar en el Portal de Subastas del BOE

Cómo pujar en una subasta del BOE paso a paso: alta con certificado o Cl@ve, depósito, puja, reserva de postura, devolución del depósito y qué pasa al cierre.

Ángel Visedo Tomás, Fundador de InvertirDeudaActualizado el

¿Qué necesitas antes de empezar?

Tres cosas: un medio de identificación electrónica válido para el Portal, una cuenta bancaria en una de las entidades colaboradoras de la Agencia Tributaria y el dinero del depósito disponible. Sin registro puedes buscar subastas y ver sus datos públicos, pero no consignar ni pujar, y tampoco ver la documentación que la autoridad gestora no haya hecho pública.

Cómo registrarse en el Portal de Subastas del BOE

  • Sólo se registran personas físicas. Si pujas por una sociedad, te registras tú y, al pujar, indicas que actúas en su nombre.
  • Te identificas con un certificado electrónico reconocido o cualificado que lleve tu DNI o NIE, o con Cl@ve PIN o Cl@ve Permanente.
  • Las credenciales de Cl@ve sólo valen si las obtuviste en persona o con certificado electrónico. Las conseguidas por internet con carta de invitación no alcanzan el nivel de seguridad del Portal.
  • Tener Cl@ve no basta: hay que hacer el registro en el propio Portal, que te manda un código al correo y otro por SMS. El correo y el teléfono no pueden repetirse entre usuarios.
De la cuenta en el Portal a la adjudicación
  1. AltaRegistro como persona física con certificado o Cl@ve obtenida en persona, y aceptación de las condiciones de uso.
  2. Estudio del loteEdicto, certificación de cargas, valor de subasta y situación posesoria, en la ficha de la subasta.
  3. DepósitoDesde el Portal, con una cuenta de entidad colaboradora de la Agencia Tributaria de la que seas titular o autorizado.
  4. PujaDurante los veinte días naturales de la subasta. Una puja confirmada no se retira ni se modifica.
  5. CierreEl Portal comunica la mejor postura a la autoridad gestora, que es quien adjudica. Los demás depósitos se devuelven según hayas pedido reserva o no.

¿Cuánto es el depósito y cómo se paga?

El depósito se constituye sólo a través del Portal, que usa la pasarela de pagos de la Agencia Tributaria. La cuenta tiene que ser de una entidad colaboradora, tú tienes que ser su titular o representante autorizado, y no vale una cuenta que exija la firma de varios titulares. Puedes consignar en cualquier momento de los veinte días, pero el propio Portal recomienda hacerlo con más de un día de margen antes del cierre.

Depósito para pujar según el tipo de subasta, en la norma vigente
SubastaDepósitoNorma
Judicial de inmuebles, procedimientos iniciados desde el 3-4-202520 por ciento del valor del bien, con un mínimo de 1.000 euros; el letrado de la Administración de Justicia puede subirlo o bajarloart. 669.1 LEC
Judicial de inmuebles, procedimientos iniciados antes5 por ciento del valor del bienart. 669.1 LEC en su redacción anterior y disposición transitoria novena de la LO 1/2025
Tributaria con algún inmueble en el lote5 por ciento del tipo de subastaart. 103 bis.1.b del Reglamento General de Recaudación
Notarialel que fije su anuncio en el PortalLey del Notariado y, en la venta de hipoteca, Ley Hipotecaria
El depósito, en el glosario

Es la cantidad que consignas para poder pujar y que, si ganas, cuenta como parte del precio. Si no pagas el resto en plazo, la pierdes.

Ver depósito de subasta en el glosario

¿Cómo se puja?

La subasta admite pujas durante veinte días naturales desde su apertura (art. 649.1 LEC y art. 104.2 del Reglamento General de Recaudación). En la primera puja el Portal te pregunta si actúas en nombre propio o en representación de un tercero, y las siguientes se entienden hechas igual. Si pujas por otro y ganas, tienes tres días para acreditar la representación ante el juzgado, o pierdes el depósito (art. 647.1 LEC).

  • Revisa la cifra antes de confirmar: una puja confirmada no se puede retirar ni modificar.
  • En la subasta judicial las posturas son secretas (art. 649.1 LEC): no ves la puja más alta hasta el cierre. En la tributaria, cada puja se publica al momento y quien queda superado recibe un aviso (art. 104.2 RGR).
  • Si la autoridad gestora lo prevé, una puja que supere la máxima en la última hora alarga la subasta hasta que vuelva a quedar una hora, con un límite de 24 horas sobre el cierre previsto.
  • La subasta judicial no puede terminar en sábado, domingo, fiesta nacional, entre el 24 de diciembre y el 6 de enero ni en agosto (art. 649.1 LEC).
  • Los datos de los demás postores no son públicos, ni durante la subasta ni después.

¿Qué es la reserva de postura?

Es pedir que tu depósito se quede retenido aunque no ganes, para que, si el mejor postor no paga el resto del precio, se pueda adjudicar a los siguientes por el orden de sus posturas (art. 652.1 LEC; art. 103 bis.2 RGR). El Portal te lo pregunta una sola vez, en tu primera puja de esa subasta o de ese lote, y lo que elijas vale para todas las siguientes. En las subastas donde la puja máxima es pública, sólo puedes pujar por debajo o igual a ella si aceptas la reserva.

Devolución del depósito en las subastas del BOE

  • Sin reserva de postura y sin ganar: se devuelve al concluir el periodo de pujas.
  • Con reserva: se retiene hasta que la autoridad gestora adjudica y da por finalizada la subasta. El Portal no puede decirte cuánto tarda, porque depende de ella.
  • Si la autoridad gestora cancela la subasta o el lote, se devuelve en el momento de la cancelación. Si sólo la suspende, se retiene para la reanudación; en la judicial, una suspensión de más de quince días naturales cancela la subasta y devuelve los depósitos (art. 649.2 LEC).
  • La pasarela de la Agencia Tributaria sólo devuelve un depósito del mismo importe al mismo interesado por día: si tienes varios iguales, llegan en días sucesivos.
  • El estado de cada depósito está en Mi perfil, pestaña Mis depósitos.

¿Qué pasa al cierre de la subasta?

El Portal no adjudica: al cierre remite a la autoridad gestora la postura vencedora (art. 649.3 LEC) y es ella quien decide. En la subasta judicial de un inmueble, si la mejor postura llega al 70 por ciento del valor de subasta, el letrado aprueba el remate al día siguiente y tienes veinte días desde el cierre para consignar la diferencia entre el depósito y el precio (art. 670.1). Por debajo de ese 70 por ciento, el ejecutado tiene diez días para presentar a otra persona que mejore el precio (art. 670.3), y sólo después se decide si se aprueba tu remate.

En una subasta tributaria, la Mesa se reúne en un máximo de quince días naturales, adjudica si la mejor oferta llega al 50 por ciento del tipo y, por debajo, decide si es suficiente. Notificada la adjudicación, tienes quince días para pagar el resto (art. 104 bis RGR). Si no pagas, en los dos casos pierdes el depósito.

Calcula la puja antes de consignar

El depósito es lo de menos: lo que decide si la operación tiene sentido es el coste total, con impuestos, cargas que subsisten, deudas del inmueble y desalojo. La calculadora te devuelve la puja máxima para el margen que busques.

Abrir la calculadora de subasta

Pujar en una subasta conlleva riesgo: cargas no detectadas, ocupación, plazos y un precio final incierto. Esta guía es informativa, recoge la norma y las preguntas frecuentes del Portal a la fecha de actualización y no sustituye el asesoramiento profesional sobre una operación concreta.

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Preguntas frecuentes

¿Se puede pujar en el Portal de Subastas sin certificado digital?
Sí, con Cl@ve PIN o Cl@ve Permanente, siempre que las obtuvieras en persona o con certificado electrónico. Las credenciales de Cl@ve conseguidas por internet con carta de invitación no sirven para el Portal.
¿Puede pujar una empresa en una subasta del BOE?
El Portal sólo registra personas físicas. Te registras tú y, al pujar, indicas que actúas en nombre de la sociedad. Puedes consignar el depósito desde una cuenta de la sociedad si eres representante autorizado en ella.
¿Cuándo me devuelven el depósito si no gano?
Si no pediste reserva de postura, al concluir el periodo de pujas. Si la pediste, cuando la autoridad gestora adjudica y da por finalizada la subasta, sin un plazo que el Portal pueda indicar.
¿Puedo retirar una puja en el Portal de Subastas?
No. Una puja confirmada no se puede retirar ni modificar, así que revisa el importe y el lote antes de confirmar.
¿Cuánto tiempo tengo para pagar si gano una subasta judicial?
En los procedimientos iniciados desde el 3 de abril de 2025, si tu postura llega al 70 por ciento del valor de subasta, veinte días desde el cierre (art. 670.1 LEC). En los anteriores, la redacción previa daba cuarenta días.

Fuentes